SERVICIO DE UTILIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE CEMENTERIOS Y DEMÁS SERVICIOS DE POLÍCIA SANITARIA MORTUORIA
Descripción:
Este servicio posibilita ofrecer, a través de la Red Provincial y de Internet, a cualquier Ayuntamiento de la Provincia, la posibilidad de utilizar los sistemas informáticos del sistema de Gestión de Cementerios y demás Servicios de Policía Sanitaria Mortuoria de la provincia de Almería.
(Aprobado por Resolución núm. 722/2021 de 19/03 y Norma Provincial para la Prestación de los Servicios de Administración electrónica y de Tecnologías de la Información y Comunicaciones a los Entes Locales de la Provincia BOP n.48 de 12/03/2019). En el caso de Entidades Locales de menos de 20.000 habitantes, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, es un servicio propio de administración electrónica.
Destinatarios:
Ayuntamientos 1. <= 1.000,Ayuntamientos 2. >1000 <= 5000,Ayuntamientos 3. >5000 <= 10000,Ayuntamientos 4. >10000 <= 20000,Ayuntamientos 5. >20000 <= 50000,Ayuntamientos 6. >50000 <= 100.000,Ayuntamientos 7. >100.000
Requisitos exigibles:
Ayuntamientos adheridos al Convenio Marco para la Implantación y Mantenimiento de la Red Provincial de Comunicaciones y Servicios de Teleadministración.
Para que sea posible el servicio, la entidad deberá contar con:
- Usuarios con ID acreditado de la Red Provincial.
- Conexión a la Red Provincial.
Prerrequisitos que podrán cambiar en el futuro, si los condicionantes técnicos lo requirieran.
Anualmente, la primera Comisión Permanente de la Red Provincial informará las liquidaciones que realice la Diputación por las aportaciones que correspondan a los Ayuntamientos que utilicen el servicio, para su financiación, de conformidad con las condiciones del mismo y el correspondiente plan de financiación también aprobado por la Comisión Permanente
Documentación Complementaria:
Las solicitudes deberán contener alusión expresa al servicio solicitado (Servicio de Gestión de Cementerios y demás servicios de Policía Sanitaria Mortuoria), y la siguiente información:
- Ayuntamiento y Alcalde/sa que lo solicita.
- Nombre de la persona o personas coordinadoras del servicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Norma Provincial, que representarán al municipio en el Grupo de Trabajo de Cementerios de la Red Provincial (y serán dados de alta como administradores de la entidad en el sistema).
- Teléfono de contacto de los coordinadores.
- En su caso, solicitud expresa de instalarlo en servidores locales, asumiendo el trabajo y costes adicionales que ello implicara y siempre que sea compatible con el ENS y el ENI.
- Compromiso y disposición de aportar la financiación en la cuantía y condiciones que les corresponda, de conformidad con las condiciones que apruebe la Comisión Permanente.
- Autorización expresa a compensar las cantidades no satisfechas por la prestación del Servicio, con cargo a los fondos de entregas a cuenta y recaudación que la Diputación deba satisfacer, de acuerdo con el Convenio de delegación de funciones en materia tributaria.
Y remitirse, una vez aprobadas por el órgano competente, con la correspondiente autorización y disposición de gasto en su caso, al Servicio de Red Provincial.
¿Cuándo solicitar? :
Plazo Solicitud Indefinido
Plazo para resolver:
10 días
¿Qué ocurre si no se resuelve dentro del plazo ?
Su solicitud se entenderá estimada
Coste para el solicitante:
El Servicio de utilización del Sistema de Gestión de Cementerios y demás servicios de Policía Sanitaria y Mortuoria de la Red Provincial, será financiado, según lo propuesto por la Comisión Permanente de la Red Provincial, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Norma Provincial. En concreto:
- La utilización del subsistema de coordinación de Gestores de Servicios de Policía Sanitaria y Mortuoria, no tendrá coste alguno para los Ayuntamientos de la provincia.
- Los Ayuntamientos que utilicen los subsistemas de Gestión de Cementerios y demás servicios de Gestión de Policía Sanitaria y Mortuoria, instalados en los servidores de la Red Provincial o en sus servidores locales, participarán en la financiación de los desarrollos externos y demás costes que pudiera tener el servicio, abonando el 50% la Diputación, y el otro 50% los Ayuntamientos que soliciten el servicio, en proporción a su respectiva población. Teniendo control de lo que correspondería si todos los Ayuntamientos de la provincia participaran, y lo que realmente se tiene que aportar, en base a los que realmente participen, de manera que, cuando un Ayuntamiento que inicialmente no haya querido participar solicite el servicio, tendrá que abonar la parte que le correspondería si hubiera participado desde el inicio del desarrollo, además de lo que le pueda ir correspondiendo en el futuro como al resto de los Ayuntamientos. Importe que se irá descontando, en proporción a su población, de todos los Ayuntamientos que por haber participado antes, que tengan un saldo positivo a su favor.
- La utilización del subsistema de Gestión de Cementerios y demás servicios de Gestión de Policía Sanitaria y Mortuoria, instalado en los servidores municipales, supondrá aportar lo que les correspondería si fueran usuarios del sistema instalado en los servidores de la Red Provincial; sin perjuicio de que además tenga que hacerse cargo de los costes de instalación y asistencia personalizados que el Ayuntamiento libremente contrate, siempre que sean compatibles con el sistema general.
Costes que estarán supeditados al plan financiero informado favorablemente por la Comisión Permanente, en función de los nuevos servicios que pudieran necesitarse.
Atención Presencial:
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA. ÁREA DE PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR. SERVICIO DE RED PROVINCIAL . C/ NAVARRO RODRIGO, 17 04071 ALMERÍA
admon-e@dipalme.org
TF: 950 211 171 - 950 211 102
Fax: 950 211 194
Horario de atención Presencial:
Previa Cita laborables de 9 a 14 horas.
Observaciones:
El Servicio de utilización del Sistema de Gestión de Cementerios y demás servicios de Policía Sanitaria y Mortuoria de la Red Provincial se basará en el software de gestión de cementerios que se realice con recursos propios o contratados por la Diputación, como entidad gestora de la Red Provincial, de conformidad con las especificaciones que proponga el Grupo de Trabajo de coordinación de cementerios, según lo acordado por la Comisión Permanente de la Red Provincial.
Sistema que podrá estar instalado en servidores de la Red Provincial, o en servidores del Ayuntamiento de que se trate, a elección de éste, siempre que, en este caso, asuma los
posibles costes de servicios derivados de la instalación en sus centros de proceso de datos y cumplan con los Esquemas Nacionales de Seguridad e Interoperabilidad.
Las funcionalidades disponibles serán las que en cada caso haya adjudicado la Diputación de Almería, o desarrollado por medios propios, siempre que hayan sido aprobadas por la Comisión Permanente de la Red Provincial, de conformidad con lo establecido en la Norma Provincial para la prestación de los servicios de administración electrónica y tecnologías de la información y las comunicaciones a las entidades locales de la provincia (BOP número 48, de fecha 19/03/2019).
Los anteriores servicios podrán ampliarse o verse modificados en el futuro, como consecuencia del desarrollo continuo a que están sometidos, según lo previsto en la Norma Provincial citada.
Los Ayuntamientos podrán comunicar la baja en el servicio a partir del ejercicio siguiente, si lo comunican antes del mes de diciembre del año anterior al que surta efecto la baja.
De conformidad con la normativa de protección de datos personales, le informamos que el tratamiento de los datos personales que se recogen en este formulario serán objeto de tratamiento en la actividad Gestión de Usuarios y Servicios de la Red Provincial responsabilidad de Diputación Provincial de Almería, con la finalidad de gestionar los datos personales de usuarios que acceden a los sistemas y aplicaciones, así como de los servicios que se prestan, a través la Red Provincial de Comunicaciones gestionada por la Diputación de Almería, en base a la legitimación de obligación legal. Más información sobre protección de datos personales en este enlace, en el apartado de privacidad de www.dipalme.org o bien en la oficina de información o dependencia donde realice su gestión. Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación, siguiendo las indicaciones facilitadas, previa acreditación de su identidad. Con la firma de este formulario, confirmo que he sido informado sobre el tratamiento de mis datos personales para la actividad Gestión de Usuarios y Servicios de la Red Provincial.
VER ENTIDADES USUARIAS DEL SERVICIO
Normativa Aplicable:
- Aprobado por Resolución núm. 722/2021, de 19/03.
- Norma Provincial para la Prestación de los Servicios de Administración Electrónica y de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a los Entes Locales de la Provincia (BOP núm. 48 de 12/03/2019).
- Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local.
- RD 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el REglamento de Policíia Sanitaria Mortuoria.
- Decreto 95/2001, de 3 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria de Andalucía.
Dependencia Gestora:
SERVICIO DE INFORMATICA
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